Por Milagros Gonzáles Sánchez.
En 2024 se reportaron en Perú 170 feminicidios. En diez casos, las víctimas fueron niñas y adolescentes. La cifra general representa un incremento respecto del año anterior, 2023, cuando se reportaron 150 asesinatos de mujeres. En paralelo, el país registró 7097 notas de alerta de mujeres desaparecidas, según reporte de la Defensoría del Pueblo.
La entidad defensorial, en una publicación de enero, instó a los poderes del Estado y a instituciones vinculadas a la lucha contra la violencia hacia las mujeres a implementar políticas más efectivas. Sin embargo, el país reporta retrocesos, siendo uno de los hechos más críticos la derogatoria de un protocolo que permitía una intervención articulada.
Incremento de mujeres desaparecidas
La Defensoría del Pueblo señala que en 2024 se reportaron 7097 notas de alerta de mujeres desaparecidas, un 37 % más respecto del 2023. La mayor parte de las desapariciones correspondió a niñas y adolescentes, representando el 65 % del total de desaparecidas.
Los departamentos que reportaron mayor número de desaparecidas en 2024 fueron:
La Defensoría del Pueblo también remarca que, de los 170 feminicidios registrados en el último año, el 15 % de los casos había sido reportados previamente como desaparición.
“La desaparición de mujeres constituye un hecho que tiene conexión con delitos como la violación sexual, trata de personas con fines de explotación sexual y feminicidio”.
Defensoría del Pueblo.
Protocolo derogado
La entidad defensora ha alertado sobre la derogación del Protocolo interinstitucional de atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad y otros casos de desaparición. Frente a este hecho, ha invocado al Ministerio del Interior a elaborar un nuevo protocolo para la debida actuación en la investigación, búsqueda y, ubicación de personas desaparecidas.
Respecto del protocolo derogado, el año pasado, varias asociaciones y organizaciones civiles que trabajan contra la violencia hacia la mujer, alertaron a la prensa y a la ciudadanía sobre la eliminación de esta importante herramienta que articulaba a instituciones y órganos estatales para facilitar y apresurar acciones en situaciones de desaparición de mujeres y personas vulnerables.
En noviembre del año pasado, una representante de Manuela Ramos conversó con el medio de periodismo regional elbuho.pe acerca de esa grave derogación.
Shely Cabrera, abogada y responsable de incidencia de la organización Manuela Ramos, explicó que detectaron que se derogó el protocolo de búsqueda de casos de desaparición de personas en vulnerabilidad, a inicios de octubre. Los cambios fueron firmados desde el Ejecutivo presidido por Dina Boluarte, mediante el Decreto Supremo 010-2024- IN, que modifica el Decreto Legislativo 1428.

“Es preocupante que en estos últimos años se han dado retrocesos claves justamente en esas luchas por justicia y contra la impunidad. Se ha modificado el Decreto Supremo 1428, que establece las medidas para la búsqueda conjunta de víctimas de desaparición. Lo que se ha derogado es el protocolo que nació de este decreto”, comenta Shely Cabrera, abogada y responsable de incidencia de la organización Manuela Ramos.
Retrocesos en atención de denuncias en la PNP
La norma con nuevas disposiciones en la búsqueda de personas vulnerables a la que hace referencia Shely Cabrera es el Decreto Supremo 10-2024. Esta disposición modifica detalles en el reglamento del Decreto Legislativo 1428, que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad.
Los cambios en la norma, firmados el 3 de octubre por la presidenta Dina Boluarte, el premier Gustavo Adrianzén, y ocho ministros, buscarían mejoras en la difusión de notas de desaparición y alertas Amber. Sin embargo, las precisiones se hacen a los artículos dejando en vacío la existencia del protocolo interinstitucional específico que contenía mayor detalle.
“Todas las denuncias de desaparición deben ser atendidas. Pero la derogación del protocolo dificulta la articulación entre los operadores de justicia, entre policías, Ministerio Público, Ministerio de la Mujer”.
Shely Cabrera, abogada de Manuela Ramos.
El Decreto Supremo de octubre establece la modificación de 18 artículos del Decreto Legislativo 1824. Si bien es cierto que hace una extensa precisión de las definiciones y enfoques necesarios para este tipo de caso, elimina el artículo 4 de “Apoyo a la Policía Nacional del Perú”. Entre los cambios, llama la atención este texto consignado en el artículo 18.

Este fragmento sobre “seguridad nacional” fue añadido en el decreto, del 3 de octubre, semanas antes de la desaparición de Sheyla Cóndor. Los familiares de la víctima comentan que los agentes policiales que debían atender la denuncia y actuar, por el contrario, habrían dado aviso al principal sospechoso del feminicidio, que es otro policía. Incluso la familia pidió que se investigue al suboficial PNP Darwin Condori, pero los agentes se habrían negado a consignar el nombre del presunto feminicida en el parte policial.
La búsqueda de Sheyla Cóndor habría evitado el feminicidio

Entre los firmantes de la norma está el titular del MININTER, Juan José Santiváñez. Como ya conocemos, en noviembre de 2024, los padres de Sheyla Cóndor, víctima de feminicidio presuntamente a manos del policía Darwin Condori, quisieron interponer la denuncia por su desaparición. Lamentablemente, integrantes de la Policía Nacional del Perú que operaban en las comisarías de Santa Anita y Santa Luzmila, desestimaron la búsqueda de la joven de 26 años.
Pese a supuestas mejoras en los dispositivos de atención de denuncias de desapariciones, anunciadas a través del diario El Peruano, no se activó la investigación a tiempo para dar con Sheyla Cóndor. Su búsqueda habría evitado el doloroso desenlace de su vida.
Tras el hallazgo de sus restos, los indicios apuntan a Darwin Condori como autor y hay señales de que otros policías favorecieron al presunto feminicida. Ambas comisarías involucradas son investigadas preliminarmente a través del fuero penal militar policial.
“Se requiere una reforma en la institución policial que garantice que los trabajadores estén capacitados en temas de género, atención de víctimas y que no haya revictimización”.
Shely Cabrera, abogada de Manuela Ramos.
Postura de la institución policial

Consultamos con representantes de la Policía Nacional del Perú, para entender la atención a denuncias de desaparición con el protocolo derogado y las modificaciones que podrían ser aprovechadas por malos elementos en la institución policial.
Prensa de la institución policial, adscrita al Ministerio del Interior, nos concedió la entrevista con la Suboficial de Primera Milagros Mena, de la División de protección contra la violencia familiar de la Dirección de Familia de la PNP.
¿Cuál es el protocolo que normalmente siguen los policías en cualquier comisaría cuando reciben una denuncia o un reporte de desaparición de mujeres o personas en vulnerabilidad?
"En el caso de personas desaparecidas que puedan estar en situación de vulnerabilidad, sean niños, niñas, adolescentes, personas adultas mayores, personas que sufran algún grado de discapacidad, mujeres víctimas de violencia, entre otros, actualmente trabajamos con el marco normativo del Decreto Legislativo 1428".
"Este decreto legislativo desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad. Asimismo, contamos con su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 003-2019-IN, y por parte de la PNP también se ha aprobado una directiva que norma los procedimientos. Estamos hablando de la Directiva 03-18-2019 de la Comandancia General, aprobada con Resolución de la Comandancia General 379-2019".
En algunas alertas que se han realizado desde la Defensoría del Pueblo, encontramos que habrían derogado desde el año pasado, en octubre, parte de protocolos interinstitucionales, que ayudaban a establecer estos protocolos de búsqueda en caso de personas de desaparecidas. Entre las modificaciones se habría afectado la articulación entre la Policía, la Fiscalía y el Ministerio de la Mujer, por ejemplo. ¿Cómo están trabajando desde la PNP? ¿Esta derogación ha afectado el trabajo en las comisarías, al recibir las denuncias?
"No. No ha afectado en lo absoluto [el trabajo en la Policía]. Si bien es cierto, se venía trabajando con el Decreto Supremo 002-2020-IN, que aprobaba el Protocolo Interinstitucional de Atención en caso de Desaparición de Personas en situación de Vulnerabilidad; este decreto supremo fue derogado por el Decreto Supremo 010-2024-IN. Bueno, este Decreto Supremo 010-2024 lo que hizo fue fortalecer y modificar algunos artículos del reglamento del Decreto Legislativo 1428. Es decir, que si bien es cierto, fue derogado el Decreto Supremo 002-2020, su derogación no significó que quede en el mismo, sino lo que se hizo con el Decreto Supremo 010-2024-IN fue fortalecer esta normativa".
"Lo que se derogó es el Decreto Supremo 002-2020-IN. Este decreto era el que aprobaba el Protocolo interinstitucional. Pero seguimos con la normativa que es el Decreto Legislativo 1428 y su reglamento que no fue derogado, más bien fue fortalecido mediante el Decreto Supremo 010-2024-IN".

¿Cuáles son los alcances del Decreto Supremo 010-2024-IN? ¿Realmente está funcionando en cuanto a esta interinstitucionalidad? ¿Cómo viene siendo ese trabajo interinstitucional, como por ejemplo con la Fiscalía y el Ministerio de la Mujer?
"En primer lugar, el Decreto Legislativo 1428 desarrolla medidas para la inmediata atención de denuncias, así como la difusión, la investigación, búsqueda, publicación y el uso de mecanismos tecnológicos para la organización y difusión de información sobre casos de desaparición de personas".
"En este contexto, este dispositivo legal garantiza la inmediatez en atención de estos casos de desaparición y facilita la intervención de entidades en apoyo a la Policía".
"Muy aparte de ello, también señala que, previa coordinación con la División de Investigación y Búsqueda de Personas Desaparecidas, se puede emitir una alerta de emergencia, que es conocida como una alerta AMBER. Esta alerta AMBER permite que pueda ser difundida por diversas instituciones de la Policía, por ejemplo, los puestos de control migratorio, puestos fronterizos y oficinas desconcentradas de la Superintendencia Nacional de Migraciones. También compromete a las oficinas consulares, a las oficinas desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores, compañías de bomberos, puertos, aeropuertos, terminales terrestres, establecimientos de salud, institución educativa, intendencias regionales y oficinas de la SNAT, divisiones médico-legales del Ministerio Público, Centros de Emergencia Mujer, gobiernos regionales y locales, entre otras instituciones" que tienen responsabilidades sobre esta materia".
El caso Sheyla Cóndor y la posible negligencia
En el caso de Sheyla Cóndor. víctima de desaparición y luego de feminicidio en noviembre de 2024, los familiares relatan que cuando fueron a reportar la desaparición, los policías de estos puestos se negaron inicialmente a recibirla. ¿Qué fue lo que provocó esa negligencia de parte de los agentes de la PNP en esa ocasión, que fue semanas posteriores a la promulgación de la “mejora” de los procedimientos de atención de denuncias en la Policía?
"En la PNP existe alto índice de rotación del personal policial (...) Debido al alto índice de rotación que existe, muchas veces este personal que ya ha sido capacitado es rotado a otras áreas dentro de la misma unidad o a otras unidades policiales. Entonces, de acuerdo a lo que he podido saber del caso [de Sheyla Cóndor], el personal que en primer momento había tenido las denuncias eran suboficiales de reciente egreso".
"Entonces, se podría decir que quizá las capacidades en materia de atención de casos de personas desaparecidas quizá no habían sido fortalecidas. Frente a estos casos en específico, el Comando Institucional a través de diversos dispositivos como disposiciones de comando, órdenes telefónicas, lo que ha hecho es discutir la normativa existente".
Si bien esta es la postura institucional de la Policía, respecto del hecho concreto de la derogación del protocolo, la Defensoría del Pueblo ha sido clara en pedir al Ministerio de Interior la elaboración de "un nuevo protocolo para la debida actuación en la investigación, búsqueda y ubicación de personas desaparecidas, a efectos de contribuir a que estos casos no terminen en feminicidios".
Informe publicado por la Red Micaelas.
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